Ajuntament de Premià de Mar Extracto de la convocatoria registrado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ANUNCIO Extracto de la resolución de Alcaldía de fecha 1 de diciembre de 2021 del Ayuntamiento de Premià de Mar, por el que se convocan las subvenciones municipales a asociaciones de comercio urbano. BDNS(Identif.): 598335. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede A consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/598335. https://bop.diba.cat El contenido de esta convocatoria es el siguiente: Artículo 1. Objeto El objeto de estas Bases específicas es la regulación de la concesión de subvenciones, dentro de los límites establecidos en los presupuestos municipales, a aquellas entidades que lleven a cabo actuaciones de interés público y social dentro del término municipal de Premià de Mar y que complementen y/o suplan la competencia municipal y respondan a necesidades sociales o fomenten los intereses generales del municipio. Pàg. 1-14 Desde el Ayuntamiento de Premià de Mar se trabaja para fortalecer el asociacionismo de los establecimientos comerciales, colaborando en la voluntad de potenciar el modelo de comercio urbano mediterráneo para consolidar su posición competitiva. CVE 202110146595 Se subvencionarán los proyectos o actividades, realizados desde el día 1 de septiembre del año anterior a la convocatoria hasta el 31 de agosto del año de la convocatoria, que tengan como objetivo la promoción y consolidación del comercio de Premià de Mar así como la profesionalización de las propias asociaciones de comerciantes. Artículo 2. Requisitos de los beneficiarios 2.1 Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades que tramiten la correspondiente solicitud de acuerdo con el artículo 3 de estas bases y que cumplan las siguientes condiciones y Data 9-12-2021 requisitos: - Asociaciones de comerciantes de carácter territorial o sectorial, domiciliadas en Premià de Mar, legalmente constituidas, inscritas en el registro Municipal de Entidades, cuyo objeto social sea la defensa y representación del sector comercial y siempre que la finalidad de las actuaciones planeadas se circunscriba al comercio urbano de Premià de Mar. - Que las actividades se realicen en el término municipal de Premià de Mar, o fuera de éste en caso de Butlletí Oficial de la Província de Barcelona que se considere de interés para la proyección exterior de la ciudad. - Que las actividades y/o servicios complementen o suplan la competencia municipal en estas materias. - Que las actividades que realicen sean sin ánimo de lucro. - Que no concurran en ninguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. 2.2 La subvención irá destinada a apoyar las acciones de dinamización o fidelización comercial de la ciudad: Se consideran acciones de dinamización aquellas que tengan como objetivo revitalizar y dinamizar todo el comercio de Premià de Mar independientemente del lugar puntual donde se pueda realizar una acción concreta. En todo caso, se considerará enmarcada dentro de esta subvención todas aquellas actuaciones en las que participen, o bien se abra la participación, en comercios de tres o más distritos electorales de Premià de Mar. Las asociaciones de comerciantes que opten a esta subvención tendrán que demostrar que su ámbito de actuación es la ciudad de Premià de Mar que, de acuerdo con sus estatutos, se pueda asociar cualquier empresa comercial del término municipal de Premià de Mar y que su objeto social sea, prioritariamente, la B defensa, representación y promoción de los empresarios comerciales de la ciudad. Ajuntament de Premià de Mar Extracto de la convocatoria registrado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones Artículo 3. Solicitud y documentación Los interesados deberán presentar la siguiente documentación debidamente cumplimentada: a. Instancia específica de solicitud de subvención. b. Proyecto de la actividad del período a subvencionar, que contendrá el presupuesto total y desglosado de la actividad o programa a realizar. Firmado y fechado y con las páginas numeradas. A c. Ficha de terceros debidamente llenada, en su caso. d. Declaración responsable de estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. https://bop.diba.cat e. Estatutos de la asociación de comerciantes. La presentación de instancias debe realizarse electrónicamente de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La presentación de instancias será de forma telemática mediante el enlace https://www.epremia.net/ovac/catala/emiservicio/6607AFAA56D44DE88CC1C25C9B3F06D4.asp. Si la documentación fuera incorrecta o incompleta se reclamará a la entidad solicitante el complemento o Pàg. 2-14 rectificación necesaria en el plazo de diez días hábiles, advirtiéndose que la no complementación se entenderá como un desistimiento e implicará el archivo de la solicitud. La presentación de la solicitud de subvención supondrá la autorización del solicitante para que el Ayuntamiento pueda obtener directamente de los organismos competentes la documentación acreditativa CVE 202110146595 del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Artículo 4. Publicidad de la convocatoria y de las bases y plazo de presentación de solicitudes Las bases que regulan este procedimiento de concesión están publicadas en las carteleras de información municipal, en el Boletín Oficial de la Provincia y en la web del Ayuntamiento (https://premiademar.cat/fitxa.php?id=21364). Una referencia de este anuncio fue publicada en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña el día 8 de noviembre de 2021 (CVE-DOGC-A-21302010-2021). Data 9-12-2021 El plazo para presentar las solicitudes de subvenciones será de 10 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB). Artículo 5. Cuantía máxima de las subvenciones y consignación presupuestaria El presupuesto máximo que se destinará para la concesión de las subvenciones será de quince mil euros (15.000 -) que se distribuirá entre todos los solicitantes en función de la valoración de las propuestas presentadas e irá con cargo a la aplicación presupuestaria 5007 43101 4800000. Subvención entidades Butlletí Oficial de la Província de Barcelona dinamización comercio urbano. El Ayuntamiento de Premià de Mar se reserva el derecho de adjudicar la cantidad total o no del importe establecido en función de la valoración de las propuestas que se presenten en el concurso. Esta valoración se realizará de acuerdo con los baremos fijados en el artículo 8 de las bases reguladoras. Artículo 6. Compatibilidad con otras subvenciones Las subvenciones serán compatibles con cualquier otra concedida por otras administraciones, entes públicos o privados. Sin embargo, el importe de estas subvenciones conjuntamente con los ingresos que se obtendrán y los recursos propios que se destinarán a la actividad no podrá superar el coste del proyecto. Artículo 7. Gastos subvencionables Se consideran gastos subvencionables aquellos que de forma indudable respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se adecuen a lo dispuesto en este artículo. 7.1 Dinamización y promoción del comercio urbano, promoción de la oferta comercial y servicios dirigidos al consumidor final. B Acciones de promoción y dinamización del comercio urbano de Premià de Mar entendiéndose como tal cualquier evento que tenga como finalidad dar a conocer el comercio minorista y los servicios de Premià Ajuntament de Premià de Mar Extracto de la convocatoria registrado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de Mar o fidelizar al cliente del comercio urbano premianense. Son subvencionables asimismo las acciones de difusión de estos eventos. También serán subvencionables las acciones de promoción de la oferta comercial y aquellas dirigidas a ofrecer nuevos servicios al consumidor. Habrá que adjuntar una breve descripción del proyecto y presupuesto. 7.2 Prestación de servicios internos a los asociados A La prestación de servicios a los asociados dentro de una misma organización con el fin de mejorar la comunicación interna y la implementación de servicios internos. https://bop.diba.cat 7.3 Apoyo de la estructura de la gestión y profesionalización de la asociación Gastos derivados de la estructura profesional y estable de la asociación. 7.4 Gastos efectuados para la digitalización y la venta online de los establecimientos comerciales de Premià de Mar. Se subvencionarán gastos derivados de proyectos de digitalización tales como la creación de plataformas Pàg. 3-14 de comercio electrónico y redes sociales, creación web, cartelería digital o análogas. Además, serán subvencionables aquellos gastos que se deriven como consecuencia de la digitalización y venta online tales como acciones de formación, horas dedicación de trabajadores propios o empresas externas para la sensibilización en materia de digitalización en los comercios de Premià, entre otros otros. Artículo 8. Criterios de valoración CVE 202110146595 Los criterios de valoración de las solicitudes serán los siguientes: 1.-El interés general de la actividad para el municipio de Premià de Mar. Máximo 30 puntos. - Importancia del empleo y la actividad económica que genera garantizando el abastecimiento de productos y servicios y contribuyendo a la sostenibilidad de la ciudad. - La dinamización del comercio urbano, para que sea efectiva es necesario articularla a través de un plan Data 9-12-2021 de actuación con actuaciones específicas tanto a nivel de dinamización comercial, ferias comerciales, fomento de las diversas campañas de comercio, fidelización del cliente y potenciación de la marca de comercio local. Baremos específicos de valoración: - Grado de definición de los objetivos específicos de la actividad o programa de actividades a realizar. Máximo 15 puntos. Butlletí Oficial de la Província de Barcelona - Si los objetivos específicos están definidos con concreción: 15 puntos - Si los objetivos específicos se mencionan sin concretar: 10 puntos - Si los objetivos son generales: 5 puntos - Si no se especifican objetivos: 0 puntos - La existencia de una línea de trabajo claramente definida a través de un plan comercial. 15 puntos. 2.- El déficit de actividades análogas en el municipio. Máximo 15 puntos. Baremos específicos de valoración: - Por la organización de cinco o más acciones de dinamización, ferias locales o campañas de difusión del comercio local. 15 puntos - Por la organización de tres o cuatro acciones de dinamización, ferias locales o campañas de difusión del comercio local. 5 puntos - Por la organización de hasta tres acciones de dinamización, ferias locales o campañas de difusión del B comercio local. 2 puntos Ajuntament de Premià de Mar Extracto de la convocatoria registrado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones 3.- El número de destinatarios a los que va dirigida. Máximo 15 puntos. Baremos específicos de valoración: - Número de establecimientos comerciales participantes en el total de las acciones propuestas. - Más de 100 establecimientos: 15 puntos - De 50 a 100 establecimientos: 10 puntos A - Menos de 50 establecimientos: 5 puntos 4.- El grado de autofinanciación y la capacidad de disponer de financiación externa para el cumplimiento https://bop.diba.cat de sus fines. Máximo 40 puntos. Baremos de valoración. - El grado de autofinanciación y si se dispone de fondos de financiación externa tanto en lo que se refiere a la calidad de la gestión económica realizada por la nueva propuesta de actividad. - Si se dispone de financiación propia y de otros ingresos: 40 puntos. Pàg. 4-14 5.- La trascendencia que tenga la actividad por la ciudad y sus ciudadanos. Máximo 30 puntos. Baremos específicos de valoración: - Canales de comunicación y modernización de la gestión. 20 puntos CVE 202110146595 - Si la asociación dispone de página web propia para las actividades desarrolladas en Premià de Mar: 10 puntos - Si la asociación edita un boletín por sus asociados ya sea en papel o en formato electrónico para las actividades desarrolladas en Premià de Mar: 5 puntos. - Si la asociación dispone de uno o más perfiles en las redes sociales para las actividades desarrolladas en Premià de Mar: 5 puntos Data 9-12-2021 - Difusión de actividades fuera del ámbito municipal. Anuncio de dos o más actividades desarrolladas en Premià de Mar en publicaciones de carácter comarcal o superior. 10 puntos. 6.- Otros criterios específicos de la actividad. Máximo 15 puntos. Baremos específicos: - Profesionalización de la gestión técnica 15 puntos. Butlletí Oficial de la Província de Barcelona - Si la asociación tiene contratada laboralmente a una o más personas encargadas de la gestión y la ejecución de los actos d